A- de 2021
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Maria Victoria Gonzalez De Perez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia sólo respecto de frases o conceptos de la parte resolutiva o cuando lo expuesto en la parte motiva influya en ella
- Negar por cuanto no existió vulneración del debido proceso por desconocimiento del precedente constitucional y se pretende reabrir debate jurídico
- Requisitos formales de procedencia
- Improcedencia por falta de carga argumentativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de nulidad de la Sentencia T-438/20.
La peticionaria adujo que en el fallo de la referencia se configuró la causal de nulidad que se deriva del artículo 34 del Decreto Ley 2591 de 1991, debido a que la Sala Segunda de Revisión se apartó de la jurisprudencia constitucional sobre la protección por estabilidad reforzada, cuando el trabajador renuncia a su empleo de forma y libre y voluntaria.
Teniendo en cuenta que el incidente formulado no cumple con la carga argumentativa para este tipo de solicitudes y que se encontró que la memorialista solo tiene una inconformidad con la valoración probatoria efectuada y con la decisión adoptada en la providencia cuestionada, se RECHAZA la nulidad formulada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. RECHAZAR la solicitud de nulidad formulada por María Victoria González de Pérez, contra la Sentencia T-438 de 2020.
- Segundo. ORDENAR que se comunique la presente providencia a los interesados, con la advertencia de que contra esta decisión no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.